
La AFIP eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales
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El Gobierno nacional, a través de la AFIP, eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales con el objetivo de reducir los trámites burocráticos de los contribuyentes.
Sin embargo, los contribuyentes que quieran gozar de los beneficios fiscales en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y en los impuestos sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, sobre los Bienes Personales y a las Ganancias sí deberán declarar sus contratos de alquiler en el servicio RELI.
Tendrán que hacerlo antes del 30 de septiembre de 2024 o dentro de los 15 días corridos posteriores a su celebración, según el caso. Quienes ya tengan registrados sus contratos no deberán volver a hacerlo, excepto que haya modificaciones o actualizaciones.